Nueva Biblia Latinoamericana
y cuando quede libre en el jubileo, el campo será consagrado al SEÑOR, como campo dedicado; será para el sacerdote como posesión suya. (Levítico 27:21)
Si alguno consagra al SEÑOR un campo que ha comprado, que no es parte del campo de su propiedad, (Levítico 27:22)
entonces el sacerdote le calculará la cantidad de tu valuación hasta el año de jubileo; y en ese día dará tu valuación como cosa consagrada al SEÑOR. (Levítico 27:23)
En el año de jubileo el campo volverá a aquél de quien lo compró, a quien pertenece la posesión de la tierra.
Toda valuación que hagas será conforme al siclo del santuario. Veinte geras son un siclo (11.4 gramos de plata). (Levítico 27:25)
Sin embargo, el primogénito de los animales, que por su primogenitura pertenece al SEÑOR, nadie puede consagrarlo; ya sea buey u oveja, es del SEÑOR. (Levítico 27:26)
Pero si está entre los animales inmundos, entonces lo redimirá conforme a tu valuación, y le añadirá a ella una quinta parte; pero si no es redimido, será vendido conforme a tu valuación. (Levítico 27:27)

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Levítico 27:24 - Referencia Cruzada

Pero si no ha hallado medios suficientes para recobrarla por sí mismo, entonces lo que ha vendido permanecerá en manos del comprador hasta el año de jubileo; pero en el jubileo saldrá de su poder, y el vendedor volverá a su posesión. (Levítico 25:28)
Pero si no quiere redimir el campo, y se vende el campo a otro, ya no podrá redimirlo; (Levítico 27:20)