Pero si no quiere redimir el campo, y se vende el campo a otro, ya no podrá redimirlo;
(Levítico 27:20)y cuando quede libre en el jubileo, el campo será consagrado al SEÑOR, como campo dedicado; será para el sacerdote como posesión suya.
(Levítico 27:21)Si alguno consagra al SEÑOR un campo que ha comprado, que no es parte del campo de su propiedad,
(Levítico 27:22)entonces el sacerdote le calculará la cantidad de tu valuación hasta el año de jubileo; y en ese día dará tu valuación como cosa consagrada al SEÑOR.
En el año de jubileo el campo volverá a aquél de quien lo compró, a quien pertenece la posesión de la tierra.
(Levítico 27:24)Toda valuación que hagas será conforme al siclo del santuario. Veinte geras son un siclo (11.4 gramos de plata).
(Levítico 27:25)Sin embargo, el primogénito de los animales, que por su primogenitura pertenece al SEÑOR, nadie puede consagrarlo; ya sea buey u oveja, es del SEÑOR.
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Levítico 27:23 - Referencia Cruzada
Pero si consagra su campo después del jubileo, entonces el sacerdote le calculará el precio en proporción a los años que quedan hasta el año de jubileo, y será rebajado de tu valuación.
(Levítico 27:18)y el sacerdote lo valuará como bueno o como malo; como tú, el sacerdote, lo valúes, así será.
(Levítico 27:12)